DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso a favor del imputado CARLOS ENRIQUE RIVERA, venezolano, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido el 22-09-78, titular de la Cédula de Identidad N° 17.022.007, hijo de Andrés Fernández y Dominga Rivera, y domiciliado en el sector "Los Almendrones", Cuarta Calle, Casa S/N, cerca de la bodega "Gladis", Charallave, Carúpano, Estado Sucre; por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en relación con las agravantes contempladas en el artículo 77, numerales 8 y 12, del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana María Eugenia Caraballo Caraballo; imponiéndole, por el plazo de un (01) año, las siguientes condiciones: PRIMERO: prohibición de realizar cualquier acto de violencia, amenaza, persecución o intimidación en contra de la víctima; y, SEGUNDO: cumplimiento de un régimen de presentaciones, cada treinta (.....