DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley CONDENA al acusado: Gilberto Arcia Salcedo, venezolano, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio, no tiene, nacido el 31-01-1991, titular de la Cédula de Identidad N° 15.554.598, hijo de Julia Maribel Salcedo y Gil Arcia Augusto y Domiciliado: en Macarapana, casa N° 8, Cerca del Estadium. Carúpano. Estado Sucre, a cumplir la pena de en tres (03) años y Ocho (08) meses de prisión, más las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, en virtud de encontrarlo incurso en la comisión del Delito de Hurto Simple y Aprovechamiento de cosas provenientes del Delito, previsto y sancionado en los artículos 451 y 470 del código penal, en perjuicio del Multi Hogar Santisim.....