Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido a la ciudadana ANDRY LERRY MENDOZA GARCIA, venezolano, de 20 años edad, titular de la cedula de identidad numero 20.753.740, de oficio obrero, hijo de Marisol García y José Mendoza , domiciliado en Villa Bolivariano, sector la llanada, calle 8, casa numero 8, Cumana, Estado Sucre; SIMON ANTONIO GUERRA LUGO, venezolano, de 32 edad, titular de la cedula de identidad numero 12.662.853, de oficio obrero, hijo de Luisa Edith Lugo y Simón Guerra, domiciliado en Urbanización Fe y Alegría Apartamento de los Súper Bloques, Bloque 44, piso 7, apartamento 7-22, Cumana, Estado Sucre; y MANUEL ALFREDO GONZALEZ RENGEL, venezolano, de 31 edad, titular de la cedula de identidad numero 13.360.275, de oficio Obrero, hijo de Alfredo González .....