ACUERDA LA CONVERSIÓN del resto de la pena en CONFINAMIENTO, al referido penado JOHAN VALENTÍN COA MÁRQUEZ, ya identificado, la cual cumplirá en la ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez, Confinamiento que cumplirá hasta terminada la pena, es decir, por un tiempo de CUATRO (04) MESES, VEINTICINCO (25) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, la cual se cumplirá el 03-04-2006, a las 12: 00 M., ello de conformidad con los artículos 20 y 53 del Código Penal Vigente. Así mismo el penado deberá cumplir con las siguientes condiciones: 1) Residir en la ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez, sector 1ro de Mayo, casa sin numero, frente al gimnasio de boxeo, residencia de la ciudadana Betsy Marquez 2) Deberá presentarse ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Bermúdez, ciudad de Carúpano, Estado Sucre, ya que queda obligado a presentarse periódicamente por ante esa Autoridad para que se verifique el cumplimiento de la medida otorgada. Líbrese Boleta de Pre-Libertad y entréguese con oficio al D.....