CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL DE EJECUCION SECCION ADOLESCENTES
Carúpano, 8 de noviembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2003-000394
ASUNTO: RP11-D-2003-000002



AUDIENCIA DEREVISION DE MEDIDA

En el día de hoy ocho de Noviembre del 2.005, siendo las 2:30 AM. se constituyó en la Sala de Audiencia de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, el Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes, conformado por el Juez Abg. Sergio Sánchez Díaz y la Secretaria de Sala Abg. Maria Pereira , a los fines de llevar a cabo la Audiencia de Revisión de Medidas en el asunto N° RP11-D-2003-000002, seguido a los ciudadanos . Se verificó la presencia de las partes, se deja constancia que no compareció la Fiscal Sexta del Ministerio Público, Abg., Moraima Goyo,, en virtud de encontrarse en la Corte de Apelaciones, del Circuito Judicial Penal del la Cuidad de Cumana, asistiendo a una Audiencia de Apelación, encontrándose presente la Fiscal Sexta del Ministerio Público, Abg., Moraima Goyo, el sanciona Omissis y la Defensora Pública, Abg. Mercedes Molina Sánchez, en virtud de . Seguidamente el Juez le otorga la palabra a la psicóloga Ana Rodríguez, quien expone: el adolescente a manifestado en estos tres meses de tratamiento agosto septiembre y octubre, ha logrado una aptitud positiva iniciado del mundo en que el se encuentra, uno de los objetivos de su tratamiento se plantea la concientizacion del mundo real y el joven ha logrado alcanzar un 50 % del logro en los objetivo el joven lograr disminuir los niveles de impulsividad el joven alcanza un 50 % del logro lo cual se evidencia se evidencia a través de motivos funcional , el adolescente amerita continuar su a través de la técnica análisis y lo cual se puede lograr a través de manera institucional o a través de extramuros, es todo, seguidamente se le sede la palabra a la licenciada Rosalba Aguado de Villalba, quien expone: en relación al caso del adolescente se planteo la necesidad de evaluar el plan individual de ejecución vigente hasta octubre del 2005 sin embargo esta evaluación abarcaría el mes de octubre, en virtud de que el adolescente se encontraba en la Comandancia de Policía y recibió la orientación , en este sentido se evaluación los seis objetivo planteados en su plan individual destacándose; la conducta asumida por el adolescente en la cual a respectado la normativa del centro, mejorado también su relación interpersonal, lo que evidencia que el proceso de su comportamiento anterior se encuentra en ascenso es capaz de realizar, mantener una aptitud positiva reconoce la figura de autoridad como tales, al ser confrontado por su comportamiento anteriores manifiesta “ahora me siento bien no me rechacen, aunque no lo demostrara, he sufrido” expone su punto de vista de un modo adecuado haciendo uso de un lenguaje comunicación acorde. Entre los logros mas importante de esta ultima etapa de reclusión, podemos mencionar incorporación al sistema educativo, donde curso el 5ª y 6ª grado básico, logrando obtener su certificado correspondiente. Igualmente su incorporación a las actividades físicas como el basket, y ha participado en actividades religiosas llevadas en el Centro. Por ultimo a través de un proceso continuo ha mejorado la relación afectiva madre e Hijo, relación sustentada en el respeto autoridad afecto e imposición de limites como punto de partida para la reinserción. Todo esto objetivo fueron logros en alto porcentaje. En anterior a lo expuesto solicito al tribunal que tome en consideración lo ante expuesto. Es todo Seguidamente y en cumplimiento a lo establecido al artículo 542 de la LOPNA se le concede la palabra al ciudadano OMISSIS conforme a lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, numeral 5ª expuso: quien dijo llamarse OMISSIS, quien expuso: primer que todo con la ayuda del equipó técnico y de mi mama me han ayudado a reflexionar y a seguir adelante, solicito que me den una oportunidad para demostrar que he cambiando y así poder seguir estudiando. Es todo. Seguidamente se le sede la palabra a la defensa., quien expone: habiendo oído al equipo técnico especializado de “Dr. Agustín Rodríguez”, entre ellos la Psicólogo Ana Rodríguez quien expone que el adolescente puede continuar con las evaluaciones extramuros habiendo expresado la Trabajadora Social que el mismo ha alcanzado del 70 al 75 % de los objetivos trazados, es por ello que solicito la sustitución de la medida de privación de libertad por la de libertad asistida, por el tiempo que le corresponde cumplir la sanción, pido copia simple del acta levantada en esta audiencia. Es todo. Seguidamente toma la palabra el Juez, quien expone: Cumplidas como han sido la formalidades legales para la celebración de este acto, escuchada la opinión del equipo técnico adscrito al Centro Socio educativo “ Dr Agustín Rodríguez, ha si como lo manifestado por el sancionado y la solicitud que hiciera su defensora publica para decidir este tribunal hace las siguientes consideraciones PRIMERO: se observa el informe Psicológico y social presentado por la Psicóloga y trabajadora Social del Centro Educativo, que 3el Sancionado OMISSIS ha alcanzado un porcentaje satisfactorio en su plan de ejecución de medida. SEGUNDO: se observa igualmente que en el periodo de 1 ano 8 meses y 22 dias del la medida de privación de libertad, hasta la presente fecha el sancionado ha cumplido 1 año 5 meses y 1 días, faltándoles por cumplir 2 meses y 24 días. Ahora bien, visto el porcentaje alcanzado por el sancionado y siendo estos los objetivos alcanzado por la ley y dado que seria inoficioso mantener en restricción de libertad lo procedente es cesarle dicha medida. Por lo que en base a las consideraciones antes expuestas este tribunal de ejecución en uso de las atribuciones conferida en los Articulo 646 y 647 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, administrado justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Acuerda la Sustitución de la medida de Privación de Libertad que actualmente cumple el sancionado OMISSIS por la de libertad asistida, por el lapso que le queda cumplir que es 2 meses y 24 días. El dos (2) de febrero del 2006, debiendo el prenombrado sancionado someterse a las evaluaciones psicológicas y sociales cada 15 días, a trabes del eguipo técnico adscripto a esta seccion de adolescente. Quienes deberán remitir un informe mensual de dichas evaluaciones, en tal sentido se ordena la libertad inmediata del sancionado y la respectiva boletas a la Directora del Centro Respectivo. .Todo de conformidad con el literal e del articulo 647, de la ley Orgánica Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a la representante del Ministerio Publico en virtud de no haber hecho acto de presencia en este acto. Librese los Oficios y las boletas correspondientes. .Es todo, terminó, se leyó y conforme firman a las 03:55 p.m.
El Juez de Ejecución

Abg. Sergio Sánchez Díaz.

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Los Sancionados

La Defensora Pública
ELY DAVID HERNANDEZ
Abg. Mercedes Molina


Equipo técnico



Lic. Ana Rodríguez (Psicologa)


Rosalía Aguado de Villalba (Trabajador Social
La secretaria

Abg. Maria Pereira. El Alguacil.
José Vásquez