Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Esttado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 30 de Junio del año en curso, por el Tribunal Primero de Juicio, mediante la cual se condenó al ciudadano Luis Enrique Chourio Silva, quien es venezolano, natural de la Comunidad Goarevo, de la Parroquia Guajira del Municipio Páez del Estado Zulia, de estado civil soltero, de 57 años de edad, nacido el 15-05-1952 , titular de Cédula de Identidad Nº 22.076.915, de oficio Comerciante, hijo de Carmen Silva y Germán Chourio y residenciado en el Barrio Las Malvinas, casa sin número, cerca del Stadium Venaluz, San Félix, Estado Bolívar, Estado Bolívar, a .....