En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 literal "E" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes se revisa y mantiene la medida de privación de libertad, que se le impuso al sancionado OSCAR JOSÉ LARES RENGEL, venezolano, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.992.414, natural de Carúpano, nacido en fecha 30/06/1993, de profesión u oficio estudiante, residenciado en Brasil, Sector 03, Vereda 17, Casa N° 27, cerca de la Bodega de José Quinal, Cumaná, Estado Sucre; quienes fue sancionado por los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, y LESIONES LEVES, previstos en los artículos 5 y 6 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor y los artículos 174, y 41.....