Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Ejecución de Primera Instancia, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 471, 472 y 474, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 1 de Octubre de 2015, por el Tribunal Primero de Juicio, mediante la cual se condenó a FRANCISCO JAVIER BLANCO ROMERO, venezolano, natural Maturín del estado Monagas, de 25 años de edad, nacido en fecha 07-01-1990, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 25.453.045, Obrero, hijo de Eglis Guestalia Romero y Pedro Antonio Blanco, con domicilio en Río Caribe, sector Carabobo, calle principal, casa sin numero, a una esquina del Mercalito, Municipio Arismendi del Estado Sucre, a cumplir la Pena de SEIS (06) AÑOS, UN (01) MES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, más las acceso.....