Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Juicio, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley procede a Condenar: a los ciudadanos JESÚS RAFAEL MÚJICA MATA, venezolano, 22 años de edad, natural de Caracas, nacido en fecha: 22-08-1987, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.125.591, de oficio: Agricultor y domiciliado en el Sector la Concepción Arriba, en la vía de Chacaracual ¿ Río Caribe, casa S/Nº, cerca de el Escuela Bolivariana, Municipio Arismendi del Estado Sucre, hijo de: Ángel Mújica y Concepción Mata, y DARLIN JOSÉ RONDÓN BETANCOURT, venezolano, 21 años de edad, natural de Carúpano, nacido en fecha: 09-07-1988, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.626.548, de oficio: Agricultor y domiciliado en el Sector la Concepción Arriba, casa S/n, frente a la Escuela Bolivariana, Municipio Arismendi del Estado.....