Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, en el presente asunto, seguido al Imputado: DUBER JOSE MARCANO SUBERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.897.918, de 50 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Profesor, domiciliado en: El Paujíl, Sector Los Cerritos, Calle Principal, casa s/n, a 200 metros hacia el sur de la iglesia Cruz de Mayo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el articulo 470, segundo aparte del Código Penal, en relación con el articulo 43 de la Ley Penal del Ambiental, en perjuicio del Estado Venezolano, y establece como condiciones a c.....