Este Tribunal Quinto De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral 6 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, contenidas en el articuló 16 del código penal, al ciudadano JHONNY RAFAEL MILLÁN CARPINTERO, venezolano, natural de Cumaná, de 30 años de edad; nacido el día 09/05/1980; titular de la cédula de identidad Nº. V-15.249.434; estado civil soltero, de oficio Taxista; hijo de María Carpintero y Humberto Millán; residenciado en Cumanacoa, calle Orinoco, casa Nro. 45, en la entrada, cerca del Bar Rosalinda, Municipio Montes del Estado Sucre, por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, LESIONES INTENCIONALES GRAVES A TÍTULO DE DOLO EVENTUAL Y OMISIÓN DE SOCORRO, previstos y sancionados en los artículos 405, 415.....