Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL, conforme a lo establecido en el artículo 578, Literales "A" y "F", y 579 Literales "A", "E", "F", "H" e "I", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el asunto seguido al Adolescente OMISSIS; por su participación en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, tipificado en el artículo 453.3 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la Ciudadana JENNIFER CAROLINA FREITES CARABALLO, identificada en autos.
SEGUNDO: SANCIONA al Adolescente OMISSIS; por su participación en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, tipificado en el artículo 453.3 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la Ciudadana JENNIFER CAROLINA FREITES CARABALLO, identificada en autos; por habe.....