este Tribunal Cuarto de Control en Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, habiendo manifestado el acusado su negativa a acogerse al procedimiento de admisión de los hechos, estima procedente dictar AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, en este estado con las pruebas ya admitidas, en consecuencia este TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO contra el ciudadano MIGUEL ANGEL MOYANO RODRIGUEZ, venezolano, natural de San Félix, Estado Bolívar, nacido en fecha 25/01/1987, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.080.571, hijo de Candida Rosa Rodríguez y Ángel Manuel Moyano, soltero, mecánico, residenciado en Caserío El Tamarindo, Casa Sin N°, vía Casanay – Caripito, Estado Sucre, Teléfono del padre: 0426-190.55.39; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionad.....