Por las razones antes expuestas este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano: ANIBAL FEDERICO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V-10.882.372, de estado civil soltero, de profesión u oficio auxiliar de almacen, nacido en fecha 02-03-68, residenciado en el Sector 22 de Agosto, Calle el Taparo, Casa S/N, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por su presunta participación en la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el articulo 39 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la Ciudadana KARELIA DEL VALLE MANZANARES. Se deja constancia que se prescindió de emitir el pronunciamiento de la solicitud fiscal en Audiencia Oral (debatir los fundamentos de la .....