ACUERDA la prórroga solicitada por el Fiscal del Ministerio Público, por un lapso de quince (15) días continuos, contados a partir del día 11 de Marzo de 2012, la cual vencerá el día 25 de Marzo del presente año; ello a los efectos de que presente el acto conclusivo respectivo en la presente causa seguida al imputado MELVIN BENITO ARZOLA CEDEÑO, Venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 16.396.041, nacido en fecha 10/02/1984, de 27 años de edad, de profesión u oficio: Obrero, hijo de Orlando Carmelo Arzola y Ana lida Cedeño y domiciliado San Martín, Sector las Acacias, Calle Principal, Casa S/N, cerca de la cancha armada, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, todo de conformidad con lo dispuesto en el.....