DECRETA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado, ANIBAL JOSÉ MARCANO, quien es Venezolano, natural de Río Caribe, Municipio Arismendi Estado Sucre, de 26 años de edad, residenciado en el Caserío Cuchape, frente a la capilla, casa s/n, Río Caribe Municipio Arismendi Estado Sucre, Titular de la cédula de identidad 14.290.694, nacido en fecha 18-07-79, de profesión u Oficio Agricultor, hijo de José Hernández y Amos Marcano, por la presunta comisión del delito de Violación, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal Vigente, en perjuicio del menor MAIKEL EDUARDO MOYA. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250 ordinales 1, 2 y 3; 251 ordinales 1, 2, 3 y Parágrafo Primero y 252 ordinal 2 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de Privación Judicial Preventiva de libertad y junto con oficio remítase al Director del Internado Judicial de esta ciudad. Se deja sin efecto la orden de Aprehensión librada por .....