este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: SE DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en el presente asunto a favor del ciudadano MARCOS JAVIER MEDINA ARIAS, venezolano, de dieciocho (18) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.917.907, nacido en fecha 08-04-1990, hijo de Alida Teresa Arias y Marcos Antonio Medina, domiciliado en calle Paraíso, Carúpano Arriba, casa s/n, cerca de la Bodega del señor Martín, Carúpano, Estado Sucre; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 647 Literal “H”, en relación con los artículos 8 y 646, todos de la Ley Especial.
SEGUNDO: CONTINÚA el sancionado MARCOS JAVIER MEDINA ARIAS, venezolano, de dieciocho (18) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.917.907, nacido en fecha .....