DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del imputado: ALBERTO JOSE BELLO, venezolano, natural de Yaguaraparo estado Sucre, de 64 años de edad, nacido en fecha 21/11/1951, casado, titular de la Cedula de Identidad N° V.5.903.118, de oficio agricultor, hijo de Carmen Valentina Bello y Miguel González, residenciado en la Calle Sucre, casa Nº 02, Yaguaraparo, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 111 de la ley para el Desarme Y Control De Armas Y Municiones, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el artícul.....