Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en dictada en fecha 8 de Enero de 2014, por el Tercero de Control de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a MARTIN JESÚS RUJANA MÚJICA, venezolano, natural de Caracas, soltero, de 38 años de edad, oficio comerciante, titular de la Cédula de Identidad Número V-11.311.418, nacido en fecha en 19-04-1975, hijo de Martín Rujana y Zenaida de Rujana, domiciliado en la Avenida la planta, Urbanización Monte Carlos, Quinta los Altos, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y TRES (03) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión de los .....