Por lo tanto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda intentada por EDUARDO JOSÉ VELÁSQUEZ contra MARISOL FIGUEROA, por desalojo del inmueble constituido por el apartamento, distinguido con las siglas 1-C, ubicado en el primer piso de la Torre M-21 del conjunto residencial "Nueva Cumaná", situado en Cumaná, en jurisdicción de la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre, por la pretensión de falta de pago de pensiones de arrendamiento.
2. CON LUGAR la indemnización por daños y perjuicios, por cláusula penal, establecida en el contrato de arrendamiento, por la cantidad de veinte bolívares (Bs. 20,oo) diarios, a partir de la fecha de la admisión de la demanda, dieciocho (18) de marzo de dos mil nueve (2009), hasta la entrega material del inmue.....