DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: JHEISER JESUS BRITO, venezolano, nacido Guiria, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nº 20.074.230, de 27 años de edad, nacido en fecha 12/10/1987, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Gracielys Brito y Odulio Cedeño, residenciado en Calle Colombina, casa Nº 37, sector PDVSA, cerca del Hospital, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos WISAN NOUREDDINE ASSAD, EFREN ROSENDO MARCANO RODRIGUEZ, LENIN JOSE RIVAS REYES Y ADOLFO JOSE RUIZ GOMEZ. Se Declara improcedente la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva .....