Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda decretar Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, para el imputado Ronald José Izaquirre Mais, venezolano, natural del Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.061.647, nacido en fecha 23-06-1981, estado civil: soltero, oficio: Contador, hijo de Héctor Izaguirre, y Doris Mais, y domiciliado en: Calle Principal, casa S/N, cerca del callejón Izaguirre, El Muco, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; consistente en la Asistencia que deberá tener el imputado a un Centro de Atención Especializada Contra la Violencia de Género, de cada 30 días por el lapso de Cuatro (04) Meses y Quince (15) Días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 ordinal 3ª del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 92, numeral 7ª, de la Ley Especial, asim.....