En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 5, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano JOSE DANIEL MOYA MARCANO, venezolano, natural de Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, de 19 años de edad, nacido en fecha 17-09-1994, soltero, de profesión u oficio pescador, residenciado en el sector Colombia, calle pichincha, casa Nº 27, cerca del gimnasio, Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, titular de la cedula de identidad nro V- 23.701.48, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por considerar que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento público de persona al.....