Este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los términos siguientes: visto lo expuesto por la Fiscal Primera del Ministerio Público y la defensa este Tribunal acuerda ratificar al imputado LUIS DANIEL ACUÑA ACUÑA, venezolano, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad n° V17.213.758,nacido en fecha 04/05/1.982, hijo de Vicente Emilio Ravel y Brisia Antonia Acuña, residenciado en el caserío El Yaque, carretera Cumaná, Cumanacoa, Parroquia San Fernando, Municipio Montes, las medidas de protección y seguridad contenidas en el artículo 87, consistente en Prohibición al agresor, el acercamiento a la mujer agredida, prohibición de acercarse a su lugar de trabajo, residencia o estudios, abstenerse por si mismo o por terceras personas a realizar actos de persecución, intimidación a la mujer agredida o algún integrante de su familia, abstenerse de tener cu.....