Por lo que este SEGUIDAMENTE ESTE TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud fiscal y Decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra de los imputados ROY CESAR RODRIGUEZ BERMÚDEZ, venezolana, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V 20.325.746 natural de esta ciudad, Estado Sucre, soltero, fecha de nacimiento 10-08- 91, de oficio obrero, hijo de los ciudadanos Maribel César Rodríguez Mujica y Roaxis Bermúdez, residenciado en: La Urbanización Súper Bloques, bloque 25 apartamento 03-06, Cumana, estado Sucre 0424-8210635, y FRANKLIN GREGORIO RONDÓN CORTÉS, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V 20.574.099 natural de esta Ciudad, Estado Sucre, soltero, fecha de nacimiento 02-03-92, de oficio obrero, hijo de los ciudadanos Elizabeth Cortés y Francisco Rondón, reside.....