Por los razonamientos antes expuestos, ESTE TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra de los imputados LUIS RAFAEL BRITO SANTOYA, titular de la cedula de identidad, V-14.671.723, 34 años de edad, Nacionalidad venezolana, profesión u oficio: Albañil, soltero, nacido en fecha: 01/09/1979, hijo de los ciudadanos Manuela Santoya y Antonio Brito, Residenciado en vela de coro calle las parcelas casa número 55, Cumaná Estado Sucre y JOSE GREGORIO SANTOYA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad, V-20.065.173, 21 años de edad, Nacionalidad venezolana, profesión u oficio: Obrero, soltero, nacido en fecha: 17/07/1992, hijo de los ciudadanos Manuela Santoya y Antonio Brito, Residenciado en: Calle Bolívar Las Parcelas, frente a los apartamentos de vela.....