DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos este Tribunal Segundo de Control, de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica de Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ordena la apertura a Juicio Oral y Publico, en el presente asunto, seguido al imputado CARLOS JAVIER GARCÌA LUGO, venezolano, soltero, de 25 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.061.870, nacido en fecha 04-06-1982, natural de Río Caribe, Estado Sucre, de profesión u oficio pescador, hijo de Antonio García y Carmen Trinidad Lugo, residenciado en la Calle La Esperanza del sector olivito, casa s/n, cerca del Estadium, El Morro, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Distribución Ilícita de la Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 en su tercer y ultimo aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacient.....