En consecuencia, este Tribunal Tercero De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, declara con Lugar la solicitud Fiscal y DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del ciudadano YOHAM JOSE TENIA TENIA, Soltero, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 27872272, fecha de nacimiento 09-05-1996, de oficio obrero, natural de Puerto La Cruz; residenciado en el barrio Nueva Colombia, de Casanay, sector La Pastora, casa sin número, cerca de bodega del Sr. Rafael, Municipio Andrés Eloy Blanco, del Estado Sucre, a quien se le iniciara la presente causa, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 6° del Código Penal, en perjuicio del Elis G. Moya González; conforme al numeral 3 del artículo 242 del COPP; conforme al artículo 242 numeral 3 del COPP, consistente en FIANZA, presentando 2 .....