Por todo lo anterior, este Tribunal Tercero de Control, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara el Cese del Régimen de Presentaciones, en la causa seguida a los ciudadanos imputados JUAN JOSÉ YÁÑEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-10.885.152, de 42 años de edad, natural de Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre; nacido en fecha 28-01-72, soltero, de oficio albañil, hijo de Joaquín Yáñez y Lucrecia González, residenciado en Casanay, San Agustín, sector II, casa N° 80, a 300 metros de la aldea Bolivariana; Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre; teléfonos 0426-302.07.04 y 0424-827.52.33; ARELIS JOSEFINA REYES ALFONZO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-15.786.676, de 33 años de edad, natural de Cabimas, Estado Zulia; nacida en fecha 02-12-81, soltera, de oficio educadora, hija de Yolanda de Reyes y Bernardo Reyes, residenciada en Casanay, San Agustín, sector II, casa N° 80, a 300 metros de la aldea Bolivari.....