.DISPOSITIVA: Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ORDENA el inicio del PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE DEPORTACIÓN de los ciudadanos Juan Camilo Quitian Gómez, colombiano, de 19 años de edad, nacido en fecha 04/04/1991, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, Tarjeta de Identidad N° E-91.040462444, hijo de Juan Carlos Quitian y Anadelia Gómez, y residenciado en Cali, barrio Siole, Valle del Cauca, Colombia; Fredi Gómes Anaya, colombiano, de 34 años de edad, nacido en fecha 14/04/1976, de profesión u oficio carpintero, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad N° E-88.193.810, hijo de Luís Ramón Gómez Bautista y María Antonia Anaya Rodríguez, y residenciado en Villa Del Rosario, barrio Nariño, calle 11, Casa Nª 5-N54, Cúcuta, Colombia; Javier Rodríguez Anaya,.....