Por las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sobre la base de los artículos 285 numerales 1 y 6 último aparte del 30, 43 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal, 1,2,3,4, 5 y 30 de la Ley Sobre Protección a Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales; a favor del ciudadano: GABRIEL ENRIQUE HERNÁNDEZ MARQUEZ, titular de la cedula de identidad N° 20.344.077 y su madre ELENA JOSEFINA MÁRQUEZ MILLÁN, titular de la cédula de identidad N° 8.342.542, de 50 años de edad, de profesión u oficio pescadora, domiciliada en Barrio el Dique, Cuarta Calle, Casa 79, Cumaná Estado Sucre, víctima directa e indirecta en causa penal identificada con el No-19-F2-1C-289-09, nomenclatura de la Fiscalía Primera del Ministerio Público por el delito de: HOMICIDIO CALIFICADO FRUSTRADO .....