DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los imputados: PILAR JOSE VILLALVA, venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, de estado civil: soltero, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad número V- 12.215.231, nacido en fecha en: 10-12-1973, hijo Catalino Rodríguez y Luisa Elena Villaba, de profesión u oficio: Comerciante, domiciliado en: Calla Las Aguileras, casa S/N, de Playa Grande, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre y GLENDER JOSE GARCIA PRADA; venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de estado civil: soltero, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad número V- 19......