este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Caución Económica, por la Caución Juratoria, a las ciudadanas Andreina Del Carmen Rivera Rivera, venezolana, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, Indocumentada, nacida en fecha 04-12-1993, de 18 años de edad, de estado civil soltera, profesión sin oficio indefinido, hija de Andrés López y Yuleisi Rivera, y residenciada en la Urbanización Charallave, Cuarta Calle, Casa S/N, frente del Taller de Modestito, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y Alicia Josefina González Díaz, venezolana, natural de Margarita, Estado Nueva Esparta, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 26.344.961, nacida en fecha 21-01-1993, de 19 años de edad, de estado civil soltera, de profesión sin oficio indefinido, hija de Victor.....