DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada en fecha 01-06-2006, contra el ciudadano LEOBALDO RAFAEL LÓPEZ RUÍZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 8.641.706, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 20 de la Ley Sobre Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana PETRA MERCEDES GONZÁLEZ BELLO, Titular de la Cédula de Identidad N° 11.384.427, en virtud de que el ejercicio de su acción se encuentra evidentemente prescrita conforme al artículo 108 numeral 5 del Código Penal. Se acuerda librar cartel de notificación a las partes conforme al artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal y una vez firme, remítase la causa al Archivo Judicial Regional con sede en esta ciudad a los fines de su custodia, autorizándose ampliamente al ciudadano Jefe del Archivo de este Circuito, para que efectúe el trámite necesario. Cúmplase.
JUEZ QUINTO DE CONTROL .....