En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el sobreseimiento de la causa, previa Extinción de la Acción Penal, a favor de la ciudadana ciudadano Héctor Luís Hurtado Hernández, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 17.909.669 y residenciado en la Urbanización Brasil, Sector 1, Vereda 27, Casa N° 24, Cumaná, Estado Sucre; en virtud de investigación que le fuera aperturada por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Menos Graves, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de Reibis Raniel Enrique Cordero y Marlenys Josefina Cordero; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 108, numeral 5, del Código Penal, y 48, numeral 8; y 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal. Noti.....