este Juzgado Quinto de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud fiscal y DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano FRANKLIN LUÍS CENTENO MONTAÑO, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.050.843, natural de Caripe; Estado Monagas, nacido en fecha 08/10/19980, hijo de Manuel centeno y Argelia Montaño, soltero; de oficio obrero, residenciado en Calle Junín, frente al Terminal, casa Sin N°, al lado del Mercado Municipal, Caripe, Estado Monagas; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas RAULIMAR CATHERINE FREITES FARÍAS Y MARIALFRED DEL VALLE GONZÁLEZ PERERO. Todo, de conformidad con el artículo 250 numerales 1, 2 y 3, y artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal.