este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso, a favor del Ciudadano Elcly Felipe Rodríguez Ugas, venezolano, mayor de edad, nacido en Carúpano Estado Sucre, en fecha 19-08-59, titular de la Cédula de Identidad N°5.874.822, de oficio Obrero de Educación, domiciliado en la Calle la Cruz, de Canchunchu, casa N° 72, en esta ciudad, e hijo de Felipe Rodríguez y Lourdes de Rodríguez, por la presunta comisión del delito de Actos Contrarios a la Decencia Pública, en perjuicio de la Víctima Rosa Aurora Ugas de López; imponiéndosele como régimen de prueba, por el lapso de un año, el siguiente: Presentaciones cada 6 meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal y Abstenerse de frecuentar a la victima ni fomentar ningún tipo de problemas con la misma; todo de conformidad con lo establecido los artículos 42, 43 y 44 ordinales 2° y 10° del Código Adjet.....