Este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Acuerda: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al imputado José Gregorio Valerio Narváez, venezolano, natural de Margarita, titular de la cédula de identidad Nº 19.585.285, de 25 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, nacido en fecha 13/06/1983, hijo de Paulo Valerio y Teodora Narváez, y domiciliado en el Caserío Hueso de Mula, Casa S/N, cerca de la Licorería, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de El Estado Venezolano, de conformidad con en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada treinta (30) días, por el lapso de seis (06) meses, por ante la Un.....