este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ratifica las Medidas de Protección y Seguridad impuestas por el Órgano Receptor, en la causa, seguida en contra del ciudadano EDUARDO JESUS ZERPA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 21.391.918, nacido en fecha 10-05-1992, de 19 años de edad, soltero, profesión u oficio, Ayudante de Albañilería, hijo de Oswalda Zerpa y Raúl José Astudillo, residenciado en el Sector Playa Colorada, Sector Vista el Mar, cerca de la Licorería Luís, casa de color Azul, Parroquia Raúl Leoni, Municipio Sucre del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 42 concatenado con el articulo 65, numeral 3 de la Ley Sobre del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ROSANGELICA BERMÚDEZ