DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Libertad Sin Restricciones, a favor de los ciudadanos: Gabriel José Fuentes Guerra, venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 26.216.229, nacido en fecha 27-03-1994, de 21 años de edad, de profesión de oficio obrero de la Alcaldía, hijo de Saturnino Fuentes y Josefa Guerra, y con domicilio en el Sector Indio Libre, Vía Principal, Calle 3, La Salina de Río Salado, Casa S/N, Parroquia Guiria, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, y Gregorio José Fuentes Guerra, venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N.....