Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del imputado ÁLVARO RAFAEL RAMÍREZ ROJAS, venezolano, cédula de identidad número 19.762.022, de 25 años de edad, natural de Cumaná, nacido en fecha 11/06/1986, hijo de César José Ramírez y Gladis Rojas, de estado civil soltero, de ocupación ayudante de albañil, residenciado en la Urb. Brasil Sur, Sector La Esperanza, Calle Principal, Casa Sin N°, frente a la Casa Comunal, Cumaná Municipio Sucre, Estado Sucre; que se iniciara por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Sobre los derechos de la mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de YORGELIS MARÍA OTERO JIMÉNEZ; de conformidad con lo establecido en el artículo 300, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, como consecue.....