DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil formulada por los ciudadanos SANCHEZ VILLAHERMOSA NORVIS TERESA Y VALDEZ GARCIA ALEXANDER ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.773.363 y N° V-12.888.742, respectivamente, domiciliados la primera en la calle Carabobo, de la población de Cariaco, Casa S/N, de la Parroquia Cariaco, Municipio Ribero, Estado Sucre, y el segundo en el Caserío del Cordón, Casa S/N, de la Parroquia Cariaco, Municipio Ribero, Estado Sucre, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio JOSE CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.684.391, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.469. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL QUE LOS UNE