este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a los penados JHONNY RAFAEL ROSALES LEMUS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 18.905.951, natural del Estado Bolívar, soltero, nacido en fecha 18-01-89, de 22 años de edad, hijo de Rosendo Rosales y Ginette de Rosales, de profesión u oficio obrero, residenciado en la Villa Cristóbal Colón, primera etapa, calle 5, casa N° 291, Cumaná, Estado Sucre; teléfono 0293-431.43.08; y VALDEMAR ENRIQUE SUCRE VALLEJO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.537.949, natural de Cumaná, soltero, nacido en fecha 22-10-89, de 21 años de edad, hijo de Valdemar José Sucre y Xiomara Josefina Suárez, de profesión u oficio estudiante, resi.....