Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, la mediación celebrada ante este Tribunal por los ciudadanos SONIA ELIZABETH ORTIZ ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.062.576, domiciliada en el Barranquin, vía Pantanillo, casa s/n., debidamente asistida por la abogada MARISOL HERNÁNDEZ, en su carácter de Defensora Pública con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, contra el ciudadano PABLO MANUEL LOBATON SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.290.462, domiciliado en Agua Santa, vía Cumaná, Cumanacoa, casa s/n., al lado del Restaurant Mariana, Cumaná, Estado Sucre. Asimismo se acuerda oficiar al Jefe de Recursos Humanos de la Toyota de Venezuela, C.A, a los fines de que efectúe los descuentos al demandado. Líbrese ofici.....