Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: el padre ciudadano: LUIS EDUARDO LISBOA ALPINO, manifiesta que actualmente no tiene trabajo fijo, solo trabaja como ayudante de un electricista, es decir, trabaja de forma eventual, por ese motivo ofrece aportar, la cantidad de TRECIENTOS BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 300,00) mensuales, que entregará de forma quincenal directamente a la madre de su hija en dinero de curso legal y en efectivo; como bono especial navideño, se compromete a aportar UN CINCUENTA POR CIENTO (50%) en ropa, zapatos y juguetes que la niña requiera en la temporada navideña, en cuanto a medicinas, deporte, gastos médicos, uniformes y útiles escolares, recreación y otros que la niña requiera ambos padres están de acuerdo en cubrirlos en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) cada uno. En este mismo acto interviene la ciudadana.....