Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano LINO JOSÈ BRAZÓN LOZADA, venezolana, Natural de Carúpano, Estado Sucre, de 25 años de edad, nacido en fecha: 13-04-1988, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº V 19.708.786, hijo de Lino José Brazón y Euménide Lozada, residenciado en Los Arroyos, calle principal El Paraíso, casa s/n, cerca de la Invasión, de la cancha y de la Bodega de la Sra La India, Municipio Benítez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de AMENAZA Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadan.....