este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumana, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en las previsiones de los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 20, 53 y 56 del Código Penal y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal CONCEDE al penado JOSÉ MANUEL HURTADO VELÁSQUEZ, de 21 años de edad, cédula de identidad N° 23.346.049, soltero, obrero, hijo de Yeseima del Carmen Velásquez y José Jesús Hurtado, nacido en Araya, en fecha 18-09-89, residenciado en El Guamache, sector el Güerito, calle el guapo, casa S/N°, al lado de la cancha, Municipio Cruz salmerón Acosta del Estado Sucre, a quien el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, en fecha 03 de Noviembre del año 2009, condeno por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 376 prim.....