DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, BAJO FIANZA, al imputado NIXON JESUS ACOSTA ROJAS, quien es Venezolano, de 23 años de edad, natural de Guiria, Estado Sucre, de profesión u oficio: obrero, de estado civil: casado, nacido en fecha: 23-05-1988, Titular de la Cédula de identidad Número V-20.564.046, hijo de Siverio Acosta y Felicia Valoiz, residenciado en: Valle verde, calle San Francisco Muerto, Casa S/N, Guiria municipio Valdez del estado Sucre, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con el articulo 9 de la Ley de Armas y Explosivos, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; debiendo el referido ciudadano cumplir con las siguientes ob.....