este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado: LUÍS ALEJANDRO CARIPE, venezolano, natural de Carúpano, de 32 años de edad, nacido en fecha 08-10-1.978, de estado civil soltero, indocumentado, sin oficio, hijo de Amalia Caripe y Luís Reyes, y residenciado en: El Edificio Damasco, planta baja, apartamento nº 01, calle Chimborazo, Municipio Arismendi, del Estado Sucre; por la presunta comisión de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 451 del Código Penal, en perjuicio de la Victima: ESPIFANEO JOSÉ CASTILLO; consistente en un régimen de presentaciones periódicas, cada ocho (08) días por ante la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Ju.....