Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la Libertad plena del ciudadano Roy Rómulo González Figueroa, quién es venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15 554.376, nacido en fecha 04-05-1979, de estado civil la Orden de Aprehensión, remitida al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, conforme oficio N° RJ11OFO007604 de fecha 26-10-2006soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Diego Maria González, y de Bonifacio Figueroa, residenciado en: Casalta Dos, Barrio el Nazareno, frente la Bloque 8, casa S/N°, Caracas, Distrito Capital, en virtud que en fecha 16 de Noviembre de 2007, se realizo Audiencia Preliminar, mediante el cual se decreto el Sobreseimiento de la Causa, por cuanto aun cuando se r.....